Un juzgado de Barcelona amnistía a 46 policías nacionales investigados por las cargas del 1-O

El magistrado instructor dice que la actuación de cada agente no duró más allá de entrar y salir de los colegios

Un home intenta protegir una dona dels cops de porra d'agents antidisturbis de la policia espanyola l'1 d'octubre d'aquest 2017. (HORITZONTAL)

El juzgado de instrucción número 7 de Barcelona ha amnistiado los 46 policías nacionales investigados por supuestamente agredir y lesionar decenas de votantes independentistas durante las cargas del 1 de octubre de 2017 en la capital catalana.

Según el magistrado instructor, los actos investigados fueron «de escasa duración individual, enmarcadas en un objetivo policial definido y que no continuaron una vez conseguida el objetivo, sin que se prolongaran en el tiempo más allá de la misma maniobra policial de entrada y salida de los varios colegios electorales».

En su interlocutoria, el juez dice que tanto las lesiones como los delitos contra la integridad moral «supera el umbral de gravedad necesario para excluir la aplicación de la ley de amnistía». Así, dice que si la ley es clara a la hora de amnistiar delitos de lesiones de hasta cinco años de prisión, también se tienen que amnistiar los delitos contra la integridad moral que no superan los cuatro años de prisión.

Las acusaciones querían que el caso llegara a juicio para acabar de decidir si los delitos contra la integridad moral llegaban al nivel de torturas o tratos inhumanos y degradantes, cosa que los dejaría fuera de la amnistía. A pesar de esto, el magistrado considera que no hay discusión sobre la amnistía de las lesiones. Sobre la amnistía de los delitos contra la integridad moral, el instructor considera que los hechos no superaron el «umbral mínimo de gravedad» que los dejaría fuera de la amnistía, y tampoco humillaron «o degradar una persona o mostrar una disminución de su dignidad humana o para provocar miedo, angustia o inferioridad de una manera capaz de romper su resistencia moral o física».

Irídia se opuso a la amnistía al considerar que podrían haber cometido delitos de torturas o tratos inhumanos o degradantes contra los votantes, hechos que están excluidos de la ley de amnistía.

En febrero la Audiencia de Barcelona confirmó la decisión del juzgado de enviar a juicio un total de 46 policías nacionales por las cargas en las diferentes escuelas de la ciudad de Barcelona durante el 1 de octubre de 2017. Reafirmaba, así, el criterio del magistrado instructor, que considera que existen suficientes indicios de delitos de lesiones y contra la integridad moral en este caso. En la resolución, el tribunal descarta investigar a más agentes —motivo de los recursos de apelación de las acusaciones—, pero también descarta archivar la causa contra ninguno de ellos denegando las peticiones de sus defensas, con el apoyo mayoritariamente por el ministerio fiscal.

La interlocutoria establecía que «la calificación jurídica indiciaria que otorga la interlocutoria en los hechos descritos va más allá de simples delitos de lesiones y apunta claramente al hecho que algunas conductas podrían ser incardinadas en el delito contra la integridad moral cometido por funcionario público».

La interlocutoria del juzgado enviaba a juicio 46 policías nacionales y archivaba la causa para 21 más. Òmnium Cultural, Irídia y la ANC recurrieron contra algunos de estos archivos, pero la Audiencia los confirmó. En cuanto a los agentes investigados, se desestimaron sus recursos contra su imputación. El tribunal decía que hay muchas evidencias e imágenes que indican que se podrían haber cometido abusos policiales como lesiones y delitos contra la integridad moral contra los votantes independentistas. De hecho, el tribunal reprochaba a algunos policías que aseguraron que no estaban en el lugar de los hechos a pesar de que las imágenes les desmientan. La Audiencia también avalaba que sean juzgados algunos mandos por dar las órdenes de cargas desproporcionadas.

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