El Tribunal de Cuentas pregunta a las partes si es necesario plantear una cuestión prejudicial en el TJUE sobre la amnistía

La redacción de la sentencia que afecta a una treintena de ex altos cargos queda suspendida y apunta que no se aplique la amnistía si afecta a las finanzas de la UE

MADRID, 17/11/2023.- El Tribunal de Cuentas celebra el juicio a una treintena de ex altos cargos de la Generalitat catalana, incluidos su expresidente y exvicepresidente, Carles Puigdemont y Oriol Junqueras, respectivamente, por el supuesto desvío de dinero público al proceso independentista de 2017 y a su promoción exterior, este viernes en Madrid. EFE/ Javier Lizón POOL

El Tribunal de Cuentas ha dado diez días a las partes del procedimiento sobre los gastos del 1-O y del Departamento de Exteriores de la Generalitat relacionados con el procés para que se pronuncien sobre la procedencia de plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) con relación a la ley de amnistía.

Según la consejera de enjuiciamiento que lleva el caso contra una treintena de ex-altos cargos del gobierno de la Generalitat, varios artículos de la ley podrían oponerse a determinados preceptos del derecho de la Unión Europea (UE), sobre todo en lo que se refiere a la protección de sus intereses financieros. El plazo para dictar sentencia ha quedado en suspenso hasta que se resuelva definitivamente sobre el planteamiento de la cuestión prejudicial en el TJUE.

Los artículos cuestionados son el número 1, que enumera los actos amnistiables; el 2.E, que excluye de la amnistía a los actos delictivos que hayan afectado a los intereses financieros de la UE; el 8.3, que prevé el levantamiento de las medidas cautelares del propio Tribunal de Cuentas; el 10, que contempla la tramitación preferente y urgente de la petición de amnistía y su aplicación antes de dos meses; y el artículo 13.3, que prevé la absolución por parte del Tribunal de Cuentas de los encausados ​​por responsabilidad contable, si las administraciones públicas afectadas no se opusieran.

En cuanto a los preceptos del derecho de la Unión Europea cuya interpretación podría pedirse al TJUE, mediante el planteamiento de la cuestión prejudicial, son los relativos a la «lucha contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la UE», y los principios de cooperación leal, igualdad y no discriminación, seguridad jurídica y confianza legítima, y ​​el principio del Estado de Derecho, recoge la ACN.

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