El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha aprobado este jueves el informe que considera inconstitucional la ley de amnistía con el apoyo de nueve de sus dieciséis vocales. Según ha informado el órgano, han votado a favor del texto, además del poniente, Wenceslao Olea, los vocales José Antonio Ballestero, Nuria Díaz, Gerardo Martínez, Juan Martínez, Juan Manuel Fernández, Carmen Llombart, José María Macías y Ángeles Carmona. La vocal Mar Cabrejas, poniente de la otra propuesta sometida a debate, presentará esta, más favorable a la ley, como voto particular. A ella se han sumado los vocales contrarios al texto de Olea, duro con la ley. Por su parte, el vocal Enrique Lucas y el presidente del CGPJ, Vicente Guilarte, han votado en blanco.
La votación de este jueves responde a la petición sobre la amnistía que planteó el Senado, donde el PP gobierna con mayoría absoluta. Los vocales tenían sobre la mesa dos propuestas: por un lado, la del conservador Olea, que considera que la amnistía es «inconstitucional» y vulnera la separación de poderes; y del otra, la de la progresista Cabrejas, que cree que la amnistía es «excepcional», pero legal.
Como estaba previsto, el sector conservador, mayoritario en el CGPJ, ha apoyado el texto de Olea. El informe no es preceptivo, es decir, que no tiene que ser cumplido obligatoriamente, pero reforzará la posición del PP en el Senado, que rechazará la ley de amnistía en la cámara alta y la devolverá al Congreso, que la aprobará definitivamente en mayo. La ponencia de Olea apunta que la amnistía no está recogida en el derecho español, es «inconstitucional» y rompe el «principio de igualdad» y la separación de poderes. Critica también su tramitación y la justificación «arbitraria» que acompaña el proyecto de ley, y asegura que, sea cual sea su redactado, es «imperativo» que excluya los delitos de terrorismo.
Las conclusiones
Las conclusiones que indica el texto aprobado en el pleno del CGPJ alertan de que actos «previos, simultáneos y posteriores» a la presentación la amnistía evidencian que su «única motivación y finalidad» es un acuerdo entre fuerzas políticas y para atender sus «intereses particulares». «En concreto, el apoyo parlamentario al candidato a la presidencia del gobierno y el beneficio de la amnistía a los miembros de formaciones políticas que han sido condenados o investigados por hechos que se consideraron delictivos en su momento y, casi en idénticas circunstancias, continúan siéndolo actualmente», apuntan.
El informe también manifiesta que el silencio sobre la amnistía en el redactado de la Constitución, unido a la prohibición de los indultos generales, no se puede interpretar como que tiene «reconocimiento constitucional implícito». Además, avisa que no se puede justificar que unas mismas fuerzas políticas rechazaran, por inconstitucional, una proposición sobre la amnistía y, en cambio, lo avalen ahora «sin ninguna objeción» y «menos de dos años después».
«Los siete votos del partido (dice el texto, en referencia a Junts per Catalunya) eran esenciales para la investidura del candidato socialista como presidente, quien ante el Comité Federal de su partido justificó el aludido acuerdo, afirmando que era esencial para impedir que la derecha gobernara en España», concluye.